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El Consejo Consultivo Jurídico y el Servicio Jurídico Agrario como pilares de la procuración de justicia agraria en México

El Consejo Consultivo Jurídico y el Servicio Jurídico Agrario como pilares de la procuración de justicia agraria en México

El presente ensayo analiza, desde una perspectiva jurídica, el Acuerdo por el que se crea el Consejo Consultivo Jurídico de la Procuraduría Agraria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 2026.

9 de Enero de 2026, Morelia, Michoacán.

Autor: Lic. Shey Alegre


El Consejo Consultivo Jurídico y el Servicio Jurídico Agrario como pilares de la procuración de justicia agraria en México

Resumen

El presente ensayo analiza, desde una perspectiva jurídica, constitucional y administrativa, el Acuerdo por el que se crea el Consejo Consultivo Jurídico de la Procuraduría Agraria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 2026, integrándolo de manera sistemática con el modelo del Servicio Jurídico Agrario. Se sostiene que ambos instrumentos conforman un sistema institucional orientado a la profesionalización del ejercicio jurídico agrario, la unificación de criterios y el fortalecimiento de la seguridad jurídica de los sujetos agrarios. Asimismo, se examinan los mecanismos de participación en el Consejo y se formula una reflexión crítica con un llamado a la acción dirigido al gremio jurídico agrario.

Palabras clave: Derecho agrario, Procuraduría Agraria, Servicio Jurídico Agrario, seguridad jurídica, profesionalización jurídica, justicia agraria.


Introducción

El derecho agrario mexicano constituye una expresión emblemática del constitucionalismo social, al reconocer la función social de la propiedad y la necesidad de proteger a los sujetos agrarios frente a desigualdades históricas. En este marco, la Procuraduría Agraria se configura como un órgano esencial para la materialización del mandato constitucional de justicia agraria previsto en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La creación del Consejo Consultivo Jurídico de la Procuraduría Agraria, así como el fortalecimiento del Servicio Jurídico Agrario, responden a la necesidad de enfrentar un entorno normativo complejo, caracterizado por la multiplicidad de conflictos sobre la tenencia de la tierra, la diversidad de interpretaciones jurídicas y la creciente exigencia de estándares profesionales y éticos en la defensa agraria.

Este ensayo parte de la premisa de que ambos instrumentos no deben analizarse de manera aislada, sino como componentes complementarios de un modelo institucional orientado a la calidad, coherencia y legitimidad de la procuración de justicia agraria.


Marco constitucional y legal

El fundamento constitucional del Consejo Consultivo Jurídico se encuentra en el artículo 27, fracción XIX, último párrafo, de la Constitución, que obliga al Estado a garantizar una impartición expedita y honesta de la justicia agraria y a apoyar la asesoría legal de los campesinos mediante un órgano especializado.

A nivel legal, los artículos 134, 135 y 144 de la Ley Agraria establecen la naturaleza jurídica de la Procuraduría Agraria como organismo descentralizado con funciones de servicio social, así como las facultades del Procurador Agrario para emitir acuerdos internos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones (Ley Agraria, 2025).

El Acuerdo que crea el Consejo Consultivo Jurídico se encuentra, por tanto, plenamente justificado dentro del principio de legalidad administrativa, al no crear derechos u obligaciones nuevas para los particulares, sino fortalecer la organización interna de la Procuraduría Agraria.


Naturaleza jurídica del Consejo Consultivo Jurídico

El Consejo Consultivo Jurídico es un órgano colegiado administrativo interno, con funciones de deliberación, consulta, análisis y emisión de recomendaciones. Su carácter no jurisdiccional implica que sus criterios no sustituyen la función de los Tribunales Agrarios; sin embargo, sí influyen de manera significativa en la actuación institucional de la Procuraduría Agraria.

Las recomendaciones emitidas por el Consejo, al estar sustentadas en criterios unificados y debidamente fundamentados, adquieren un valor técnico relevante como parámetros de actuación jurídica, contribuyendo a la coherencia institucional y a la prevención de interpretaciones contradictorias.

El Servicio Jurídico Agrario como eje estructural

El Servicio Jurídico Agrario, al que el Acuerdo hace referencia expresa, constituye el conjunto de actividades de asesoría jurídica, representación legal y defensa de los derechos de los sujetos agrarios que realiza la Procuraduría Agraria. Su fortalecimiento es uno de los objetivos centrales del Consejo Consultivo Jurídico.

La profesionalización, evaluación y certificación del personal jurídico agrario responde a estándares contemporáneos de servicio público, en los que la capacitación continua y la ética profesional se consideran elementos indispensables para garantizar el acceso efectivo a la justicia (Fix-Zamudio & Valencia Carmona, 2014).

En este sentido, el Consejo Consultivo Jurídico funciona como instancia técnica de respaldo del Servicio Jurídico Agrario, al evaluar programas de capacitación, proponer criterios comunes y supervisar el desempeño profesional del personal jurídico.


Unificación de criterios y seguridad jurídica

La seguridad jurídica en materia agraria depende, en gran medida, de la consistencia interpretativa del marco normativo. La dispersión de criterios genera incertidumbre, debilita la confianza institucional y afecta de manera directa a ejidatarios y comuneros.

El Consejo Consultivo Jurídico, al formular criterios legales uniformes, contribuye a:

  • Garantizar la igualdad en la aplicación del derecho.
  • Fortalecer la certeza jurídica en la tenencia de la tierra.
  • Reducir la litigiosidad innecesaria.

Desde la perspectiva del derecho administrativo, esta función se inscribe en el deber estatal de garantizar una actuación coherente, racional y previsible (Gordillo, 2017).


¿Cómo formar parte del Consejo Consultivo Jurídico?

Desde un punto de vista jurídico–institucional, el Consejo no es un órgano de acceso abierto, sino que su integración responde a criterios funcionales y administrativos:

  1. Integración formal
    El Consejo está integrado por:
  • La persona titular de la Procuraduría Agraria (Presidencia).
  • La Subprocuraduría General.
  • La Dirección General Jurídica y de Representación Agraria.
  • Subrepresentante Jurídicos de las Oficinas de Representación en las entidades federativas.
  • Participación como invitado o experto
    El artículo 5 del Acuerdo permite la participación de:

    • Otras personas servidoras públicas de la Procuraduría Agraria.
    • Dependencias federales, estatales o municipales.
    • Expertos, investigadores y académicos, en calidad de invitados.

    Esta vía representa una oportunidad estratégica para el gremio jurídico y académico, permitiendo la incidencia técnica sin necesidad de pertenecer formalmente a la estructura administrativa.

  • Vinculación a través del Servicio Jurídico Agrario
    La incorporación al Servicio Jurídico Agrario, mediante procesos de profesionalización, capacitación y certificación, constituye una vía indirecta pero relevante para participar en las dinámicas técnicas impulsadas por el Consejo.

Innovación tecnológica y gestión del conocimiento

La plataforma tecnológica institucional prevista en el Acuerdo permite consolidar un sistema de gestión del conocimiento jurídico agrario, alineado con tendencias de justicia digital y administración pública moderna. Esta herramienta favorece la trazabilidad de criterios, la creación de precedentes internos y el análisis estadístico de la actuación institucional.


Reflexión 

La creación del Consejo Consultivo Jurídico y el fortalecimiento del Servicio Jurídico Agrario evidencian que el derecho agrario requiere algo más que normas: exige instituciones sólidas y juristas altamente especializados. El riesgo radica en reducir estos instrumentos a meros mecanismos burocráticos, sin aprovechar su potencial transformador.

El derecho agrario interpela de manera directa al gremio jurídico mexicano. Abogados, académicos y operadores jurídicos deben asumir un compromiso activo con la profesionalización, la ética y la defensa de la propiedad social.

Participar, investigar, capacitarse y contribuir al desarrollo de criterios jurídicos sólidos no es opcional, sino una responsabilidad histórica frente a los sujetos agrarios y al Estado de Derecho.


Conclusiones

El Consejo Consultivo Jurídico y el Servicio Jurídico Agrario no constituyen estructuras aisladas, sino componentes complementarios de un mismo sistema institucional. Mientras el primero funge como instancia técnica de deliberación, interpretación y unificación de criterios jurídicos, el segundo representa la vertiente operativa mediante la cual dichos criterios se traducen en asesoría, defensa y representación legal efectiva. Esta articulación fortalece la seguridad jurídica de los sujetos agrarios y consolida un modelo de procuración de justicia agraria coherente, profesional y alineado con el mandato constitucional del artículo 27. El reto es convertir estos instrumentos normativos en auténticos motores de transformación jurídica.


Referencias
    • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (2025). Diario Oficial de la Federación.
    • Fix-Zamudio, H., & Valencia Carmona, S. (2014). Derechos humanos y acceso a la justicia. México: UNAM.
    • Gordillo, A. (2017). Tratado de derecho administrativo (T. I). Buenos Aires: Fundación de Derecho Administrativo.
    • Ley Agraria. (2025). Diario Oficial de la Federación.
    • Procuraduría Agraria. (2026). Acuerdo por el que se crea el Consejo Consultivo Jurídico de la Procuraduría Agraria. Diario Oficial de la Federación, 5 de enero de 2026.
    • Acuerdo por el que se crea el Consejo Consultivo Jurídico de la Procuraduría Agraria

      🔗 Ver en el sitio oficial del DOF:
      https://sidof.segob.gob.mx/notas/5777855
      Este es el enlace a la página que muestra la publicación del Acuerdo del 5 de enero de 2026 en la Sección de organismos descentralizados (Procuraduría Agraria).

      📄 También puedes descargar el texto PDF (completo con encabezado, considerandos y artículos) desde este repositorio:
      https://www.gazhal.com.mx/compilacion/navegador/dofpdf/2026/05012026-MAT.pdf
      (Búsqueda por número de publicación 003/2026, Procuraduría Agraria).


      Acuerdo por el que se crea el Servicio Jurídico Agrario en la Procuraduría Agraria

      🔗 Ver en el sitio del sistema de información del DOF:
      https://sidofqa.segob.gob.mx/notas/docFuente/5777856
      Este enlace muestra la publicación del Acuerdo en texto de fuente del Diario Oficial (normalmente con la redacción completa).